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Una mujer obligada a pagar más de 92.000 euros de impuesto de sucesiones de una herencia por haber inscrito tarde el fallecimiento

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Para el plazo de prescripción en cuenta se ha tenido en cuenta la fecha de la inscripción en el Registro Civil, que fue años después del momento del fallecimiento. La mujer consideraba que el impuesto estaba prescrito porque habían pasado más de 4 años desde el fallecimiento de su tía, pero la justicia considera que es válido. En junio de 2021 presentó una rectificación de la misma alegando que su tía había fallecido en 2015 y, por tanto, el plazo estaba prescrito. La administración tributaria rechazó dicha reclamación y confirmó el impuesto

comentarios (19)
VolandoVoyVolandoVengo
Esto se puede llamar robo de guante blanco?
1    k 40
squanchy
Qué listos son algunos... no inscribo el fallecimiento para conseguir que el pago prescriba. Me parece muy bien que Hacienda le obligue a pagar y que además le metan una cuantiosa multa, por listilla
2    k 47
VolandoVoyVolandoVengo
#2 Si y no debería existir dicho pago por un dinero que el fallecido ya ha pagado impuestos.
El impuesto de sucesiones es una estafa
1    k 40
sinergético
#3 El impuesto de sucesiones debería ser una de las bases principales del sistema impositivo. Si queremos construir una sociedad que se base en el esfuerzo, el mérito y la capacidad, y si queremos que exista una igualdad real de oportunidades, la herencia es el principal obstáculo para conseguirlo.

Meritocracia y herencia con elementos antagónicos.

Yo pondría un tipo impositivo superior al 20%, dejando un mínimo exento (dos viviendas y unos 100 o 150 mil euros). Y tanto como se ingrese en este concepto, lo rebajaría en IVA, los impuestos indirectos son completamente regresivos.

En los países en los que la herencia no tiene carga fiscal, la meritocracia son los padres.
2    k 54
VolandoVoyVolandoVengo
#7 Ahora se anda diciendo que quieren evitar que se hereden casas. Ciertamente no me lo creo (ya sería la leche) pero viniendo de el felón de la moncloa....
1    k 40
omoloc
#7 "Yo pondría un tipo impositivo superior al 20%, dejando un mínimo exento (dos viviendas y unos 100 o 150 mil euros)."

Por curiosidad ¿Cuantas casas y cuánto dinero tienen tus padres?
:troll: :troll: :troll: :troll: :troll:
1    k 38
inconformistadesdeel67
#7 Le veo sentido a lo que dices, pero quizá habría otra forma de hacerlo. Se podría eliminar el impuesto de sucesiones, y crear/aumentar (no sé si existe) impuestos por patrimonio, de forma proporcional. No es lo mismo poseer 20 castillos, que poseer 2 pisitos. No sé, me parece que podría haber todo un debate al respecto.
1    k 40
sinergético
#16 Hay muchas formas de hacerlo, de lo que se trata es de que los impuestos sean progresivos y no regresivos, para cumplir debidamente con el artículo 31 de la Constitución y que contribuya más quién tiene más capacidad económica. El IVA, por ejemplo, es la antítesis de eso.

Lo que no tiene ningún sentido es que el que tiene 20 castillos, que pueden ser tranquilamente 8 o 10 millones de euros, no pague nada, más allá de impuesto de bienes inmuebles, que pueden ser unos pocos miles de euros.…
1    k 34
inconformistadesdeel67
#17 Sí, estoy de acuerdo con todo eso que dices. :hug:
0    k 20
function
#3 "el fallecido ya ha pagado impuestos" La lógica no es ésa, la lógica --no digo que esté bien o mal--, es que cuando un dinero cambia de manos, entonces los paga, por un motivo u otro.
0    k 20
sinergético
#2 Completamente de acuerdo. Una lista la pájara. Espero que le toquen bien el bolsillo.
1    k 34
tommyx
A mí siempre me ha parecido un impuesto indecente. Se muere un familiar y vienen los buitres a llevarse el dinero por haber muerto.
3    k 68
inconformistadesdeel67
#4 Justamente, nadie debería pagar nada por heredar propiedades de alguien, sólo en el caso que herede deuda (caso en el cual tengo también mis dudas de que sea justo).
1    k 40
tommyx
#6 diria que no es Justo. Si tu pariente es manirroto o ha tenido mala suerte, que culpa tengo yo? No obstante creo que se puede renunciar a la herencia
2    k 60
inconformistadesdeel67
#11 Sí, yo también me inclino a pensar que no es justo.

Lo de renunciar me extrañaría mucho que se pueda en caso de heredar deuda, sabiendo cómo funciona el sistema, pero no lo sé realmente. A ver si alguien puede sacarnos de dudas.
1    k 40
sinergético
#12 Hasta donde yo se, puedes aceptar o rechazar la herencia, independientemente de si el activo supera al pasivo o al revés. Lo que no puedes es aceptar el activo y rechazar el pasivo, lógicamente.

Luego hay una tercera opción, aceptar "a beneficio de inventario" que básicamente es que aceptas, pero respondes de las deudas únicamente hasta el límite del activo heredado. Es útil cuando no está clara la solvencia del fiambre...
2    k 54
inconformistadesdeel67
#13 O.k., muchas gracias por el aporte. :hug:
0    k 20
sinergético
Ya te digo que quedaría exento de pagar el impuesto. Como el 99% de mi entorno y el 95% de la población.
1    k 34
josdete
Quiso ser muy lista y ahora le cae una buena, agua y ajo.
0    k 20
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