#3 Tanto como todo en el mismo saco no es, se ha eliminado un tipo pero sigue habiendo bastante abanico de grado y delito:
1. El abuso sexual, que antes se castigaba con penas de 1 a 3 años de prisión o multa de 18 a 24 meses y el abuso sexual con acceso carnal, castigado con penas de 4 a 10 años de prisión, desaparecen. Esto se debe a que se suprime este delito.
2. La agresión sexual que antes se castigaba con penas de 1 a 5 años de prisión pasan a castigarse con penas de 1 a 4 años.
3. El delito de agresión sexual con acceso carnal, antes castigado con prisión de 6 a 12 años, ahora se castiga con penas de prisión de 4 a 12 años.
4. El subtipo agravado de agresión sexual, antes penado con prisión de 4 a 10 años, ahora se castiga con penas de 2 a 8 años de cárcel.
5. El subtipo agravado de agresión sexual con acceso carnal, que se castigaba con prisión de 12 a 15 años, ahora se pena con prisión de 7 a 15 años.
6. La agresión sexual con acceso carnal a menores de 16 años que antes se castigaba con prisión de 8 a 12 años, ahora se castiga con prisión de 6 a 12 años.
7. La agresión sexual con acceso carnal a menores de 16 años utilizando violencia antes se penaba con prisión de 12 a 15 años y ahora hemos pasado a castigarlo con prisión de 10 a 15 años.
#9 El abuso desaparece, que tenía una pena mínima de 1 año, ahora llamalo agresión, llamalo Sancho o llamalo como quieras, que sigue teniendo una pena mínima de 1 año. Menudo sectarismo...
#11 Si solo te justificante con palabros como frenopática, sectarismo, talibanes, oligofrénicos, fanáticos, y te quedas con eso... Pues eso, no ves más allá que un secretario de los que tanto te quejas.
#4 es precisamente ese nuevo abanico el que un antiguo agresor sexual pueda beneficiarse de penas inferiores. Dudo que pidamos llamar a eso "mejora" salvo que estemos cumpliendo condena por agresión sexual
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1. El abuso sexual, que antes se castigaba con penas de 1 a 3 años de prisión o multa de 18 a 24 meses y el abuso sexual con acceso carnal, castigado con penas de 4 a 10 años de prisión, desaparecen. Esto se debe a que se suprime este delito.
2. La agresión sexual que antes se castigaba con penas de 1 a 5 años de prisión pasan a castigarse con penas de 1 a 4 años.
3. El delito de agresión sexual con acceso carnal, antes castigado con prisión de 6 a 12 años, ahora se castiga con penas de prisión de 4 a 12 años.
4. El subtipo agravado de agresión sexual, antes penado con prisión de 4 a 10 años, ahora se castiga con penas de 2 a 8 años de cárcel.
5. El subtipo agravado de agresión sexual con acceso carnal, que se castigaba con prisión de 12 a 15 años, ahora se pena con prisión de 7 a 15 años.
6. La agresión sexual con acceso carnal a menores de 16 años que antes se castigaba con prisión de 8 a 12 años, ahora se castiga con prisión de 6 a 12 años.
7. La agresión sexual con acceso carnal a menores de 16 años utilizando violencia antes se penaba con prisión de 12 a 15 años y ahora hemos pasado a castigarlo con prisión de 10 a 15 años.
Es una barbaridad.
Meter en el mismo saco los abusos y las agresiones sólo se puede justificar desde el sectarismo de los talibanes de género.
Poco pasa.