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El Supremo recuerda que los ciudadanos no están obligados a aportar documentos que ya obran en poder de la Administración

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El Tribunal Supremo ha fijado doctrina para recordar a la Administración que los ciudadanos no tienen obligación de aportar documentos que ya obran en su poder y que esta prerrogativa está fijada por la ley. Así lo establece en una sentencia dictada el pasado 12 de enero por su Sala

comentarios (7)
  1.  #1  » ver comentario
  2. --298--
    Me imagino que también estarán entonces incluidos el pasaporte, el dni y el carnet de conducir...
    0    k 20
  3. squanchy
    #2 a mí presentar el DNI no me requiere mucha molestia porque siempre lo llevo en el bolsillo. Me molesta mucho más tener que presentar la partida de nacimiento, el certificado de matrimonio, el empadronamiento, y en definitiva papeles que me hacen perder el tiempo dos días: uno para solicitarlo y otro para recogerlo.
    0    k 20
  4. --298--
    #3 No te molesta porque lo llevas encima no te jode y porque lo tienes que llevar haciendote bulto si ellos lo tienen? que incluso te pueden multar si lo dejaste en casa para mas inri...
    1    k 40
  5. Vorkosigan
    #4 son casos distintos, obviamente.
    0    k 12
  6. tommyx
    También se pasan por el forro la ley 39 y 40 2015 en cuanto a plazos de respuesta.
    1    k 27
  7. RussellLittle
    El Estado, como organización, es actualmente una manada de lobos. Tiene muy clara la diferencia entre quiénes son sus miembros, a los que tiene que alimentar, y quiénes somos sus presas. Como no lo entendemos, muchos siguen pensando aquello de "el Estado somos todos" y admiran a sus líderes y a su macho alfa.
    0    k 7
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