Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.
Igual me equivoco. Parecer ser que ha revelado fotos de @Livingstone85, sin autorización. No sé de dónde las ha sacado ni dónde se hicieron. Es sólo una posibilidad.
Han modificado artículos publicados y firmados por unas personas haciendo pasar esos textos como que eran de esas personas sin autorización de esas personas para hacerlo.
Es como si el ABC modificara el texto de uno de sus columnistas con un texto difamatorio contra el propio perdiodista y haciéndolo pasar como suyo.
La duda es si puedes considerar un usuario anónimo como "datos personales" y demostrar la intencionalidad difamatoria contra una persona que es anónima. Pero si lo hicieran alguna vez con un artículo con nombre y apellidos, ahí seguro 100% que se les cae el pelo.
EDIT: La cuestión, claro, es que para meterse en una demanda como esta hay que tener pasta y tiempo libre de sobra para tirarlo para responder a lo que es un abuso de poder en un sitio tan relativamente limitado.
@omoloc Yo creo que lo de demandar a meneame no tiene recorrido porque los datos asociados a un nombre de Internet no son personales, pero el blog de ese admin que hablaba con nombres y apellidos es otra cosa.
Conque la persona haya revelado públicamente (por ejemplo, en otro foro, en twitter, en algún perfil) que su usuario de Menéame es tal o pascual y tenga algún enlace a una red social donde ponga su nombre, ya no es un usuario anónimo.
@tux
Creo que hay jurisprudencia que lo respalda con usuarios anónimos.
Pero si lo hacen con un usuario con nombre y apellidos reales (aunque sea en su perfil de usuario), insisto, es 100% seguro que se les cae el pelo. Y mucho.
Demandar a una empresa no es conveniente, la empresa tiene más dinero para defenderse, es mejor demandar a los administradores por hechos concretos. En el caso de Livingstone sería más una querella, creo yo.
@Vicky No sé, no conozco las figuras jurídicas, lo que pasa es que leo el artículo que has colgado, la LOPD y el tema de difamación y creo que al del blog se le puede aplicar algo, a meneame por editar contenidos que están en su plataforma y asociados a nicks de Internet lo veo muy forzado. Eso sí, estaría bien ver si la empresa protege a sus admins cuando le cuestan dinero en gastos legales, igual algún otro admin se lo pensaba antes de actuar de maneras potencialmente ilegales.
Pero bueno, si el atacado es abogado y puede hacerlo gratis igual se anima.
Yo lo veo muy difícil... Los datos personales que publica Ripio en su blog (nombre y eso) los había publicado el propio interesado en menéame, con datos suficientes como para que cualquiera lo localizase sin problemas.
Otra cosa son los insultos; pero, claro, sólo el interesado puede saber si le conviene o no querellarse. No ser un personaje público y no haber justificación para insultar (no se trata, por ejemplo, de un personaje público por unos hechos de supuesta corrupción con relevancia para las finanzas españolas) juega a su favor, pero al mismo tiempo era un blog al que no se le dio publicidad... Resulta difícil saber si los jueces lo considerarían o no fuera del "paraguas" de la Libertad de Expresión.
Respecto a la vulneración de los datos y modificación de mensajes de Ripio y colaboradores... pues lo mismo; hacen falta pruebas (a mi, por ejemplo, no me ocurrió nunca) y tener ganas y dinero para meterse en juicios; en todo caso, algún perjudicado podría ser el único que viese si le es rentable o no meterse en fregados.
Lo que sí os aseguro es que Seijo ha sido informado de varias de estas cacicadas... Si no actúa es porque no quiere
@Vicky
en este caso no creo que tenga mucho dinero para defenderse y sería un buen toque.
Es más, esta denuncia no sería buscando dinero, sería buscando que tomen medidas con las personas que están usando su plataforma contra la ley. Y seguramente se podría resolver llegando a un acuerdo
Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.
¿Este?