#19 Puedo discutir que acusen a un político con atribución de responsabilidad, sea de la taifa o de la metrópoli del imperio. Pero me parece de una estulticia suprema acusar a una agencia que da partes meteorológicos de las consecuencias de una tormenta. Es como si acusásemos a todos los curas cristianos por cada castigo que nos manda su dios. Por ese artículo 33, ya deberíamos haber ejecutado a casi todos.
4. En la ejecución de las políticas públicas de meteorología y climatología de competencia del Estado, corresponde a la Agencia Estatal de Meteorología:
a) La gestión del servicio público de meteorología del Estado, entendiendo por tal, el destinado a la satisfacción de las necesidades básicas de información meteorológica y climatológica de la sociedad, a la atención a las instituciones públicas competentes en materia de protección civil, defensa y seguridad del Estado, al ejercicio de la autoridad meteorológica del Estado y al mantenimiento y conservación de las redes de observación, infraestructuras y sistemas de telecomunicación indispensables para el cumplimiento de estos cometidos.
No es el hombre del tiempo.
En las taifas y ayuntamientos hay muchos chiringuitos, pero la administración central suele tener cometidos serios.
#28 ¿No atendió a las instituciones públicas competentes en materia de protección civil, defensa y seguridad del Estado?
¿No mantuvo y conservó las redes de observación, infraestructurars y sistemas de telecomunicación?
La AEMET puede emitir avisos, no alertas, sobre el pronóstico de fenómenos meteorológicos. A lo mejor alguien piensa que eso de ejercer la autoridad meteorológica del Estado es la máquina esa de hacer tormentas que tiene Sánchez con el HAARP, que activa con chis cincogé.
#30 ¿Cuáles son las evidencias que se han tenido en cuenta para iniciar el proceso? Porque me imagino que el juez evaluará indicios. O le vale con que la prensa publica, o que alguien ha oído rumores en un pasillo.
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Es lo normal: que se investiguen las denuncias.
www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2008-2597
4. En la ejecución de las políticas públicas de meteorología y climatología de competencia del Estado, corresponde a la Agencia Estatal de Meteorología:
a) La gestión del servicio público de meteorología del Estado, entendiendo por tal, el destinado a la satisfacción de las necesidades básicas de información meteorológica y climatológica de la sociedad, a la atención a las instituciones públicas competentes en materia de protección civil, defensa y seguridad del Estado, al ejercicio de la autoridad meteorológica del Estado y al mantenimiento y conservación de las redes de observación, infraestructuras y sistemas de telecomunicación indispensables para el cumplimiento de estos cometidos.
No es el hombre del tiempo.
En las taifas y ayuntamientos hay muchos chiringuitos, pero la administración central suele tener cometidos serios.
¿No mantuvo y conservó las redes de observación, infraestructurars y sistemas de telecomunicación?
La AEMET puede emitir avisos, no alertas, sobre el pronóstico de fenómenos meteorológicos. A lo mejor alguien piensa que eso de ejercer la autoridad meteorológica del Estado es la máquina esa de hacer tormentas que tiene Sánchez con el HAARP, que activa con chis cincogé.
Y por eso hay un proceso penal, una investigación, derechos de defensa, pruebas...
Es lo que tiene la civilización. O eso, o "el juez es facha".