#27 El contexto histórico no necesita estar en un artículo para validar su existencia.
Cito :
Con la reforma aprobada, en vigor desde este 3 de septiembre, el juez no fijará un régimen de visitas, y lo suspenderá si existe, cuando el progenitor esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, agredir o abusar de la pareja o de los hijos, y tampoco si aprecia "indicios fundados de violencia doméstica o de género".
Creo que todos, sin excepción, estamos de acuerdo en que lo ideal seria que el juicio fuese rapido para determinar si los malos tratos existen realmente o no, y también que existiese una bidireccionalidad en la capacidad de acusar de malos tratos y proteger a los niños.
Pero un juicio demasiado rapido no permite preparar una defensa adecuada. A la vez, si alguien esta làzando bengalas diciendo que ahi hay peligro, si el estado no protegiese de manera efectiva a los niños, le echariamos la culpa de no actuar.
No hay buenas soluciones.
#32 Te aporto otro artículo: www.informacionlegal.es/denuncia-por-violencia-de-genero/
El agresor también será privado de tener la custodia de sus hijos, por lo que tendrá prohibido completamente cualquier tipo de contacto con ellos.
Normalmente estas sanciones son válidas hasta el momento del juicio, donde se determinará la culpabilidad o inocencia del agresor. Se debe tener en cuenta que la llegada del juicio puede tardar meses y hasta años.
#33 lo cual no es contrario a lo que he dicho yo: lo ideal seria que el juicio fuese rapido. Pero no es solamente el compaso del sistema judicial (lo hay), si no la necesidad de preparar una buena defensa.
Entre tanto, como propones proteger a unos niños cuya madre esta lanzando señales de humo de que corren peligro? Que pueden ser mentira para conseguir determinadas cosas/joder la vida al padre? Por supuesto. Pero y si no lo son y ya se habia advertido? Pero como proteges a esos niños?
#34 No formo parte de ningún partido político, cuando lo sea haré mis propuestas y podrás decidir si son buenas o no y votar en consecuencia.
Entretanto sólo indicarte que sin centrarme en el pequeño detalle el artículo, así como tantos otros, hace referencia a una posible instrumentalización de las justicia, en los casos de divorcio, para impedir que el padre vea a sus hijos.
Esté mejor o peor expresado legalmente , no entro en ello.
El avance hacia la custodia compartida es una clara tendencia legislativa en europa en defensa del interés del menor.
En tu exposición del caso de desprotección ya estás cuestionando la presunción de inocencia del padre y prejuzgando, esa es la manera dogmática y equivocada de creer que proteges al mejor, ¿Y si es la madre la maltratadora? proteges o empeoras la situación del menor con el derecho penal de autor?
No sé si eres consciente (desde el máximo respeto) que confundes criminología o el estudio criminologico del caso con ideología.
Al menor se le protege principalmente con medios y voluntad política que los desarrolle.
#35 yo digo que si hay un aviso sobre que un menor corre peligro, se le debe alejar de la presunta fuente de peligro inmediatamente hasta que una autoridad con formación al respecto determine con las maximas garantías disponibles si el peligro es real o no, padre o madre. Por el mismo principio que a un profesor acusado de pederastia se le debe apartar de los niños desde la acusación hasta que salga el veredicto.
Cualquier accion que no implique alejar al niño del presunto foco de peligro es una negligencia.
#37 Cuando dice aviso pongamos que se refiere a denuncia. Sabe usted que eso no ocurre salvo en los casos mencionados de la mujer al hombre.
Quitarle la patria potestad a un padre es algo gravísimo y no se debe hacer por defecto ni por "aviso", se debe investigar , perseguir y demostrar con agilidad y por ende, poner los medios de protección necesarios y proporcionales con arreglo a las máximas garantías propias de un estado de derecho.
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Cito :
Con la reforma aprobada, en vigor desde este 3 de septiembre, el juez no fijará un régimen de visitas, y lo suspenderá si existe, cuando el progenitor esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, agredir o abusar de la pareja o de los hijos, y tampoco si aprecia "indicios fundados de violencia doméstica o de género".
www.elmundo.es/espana/2021/09/03/6131c370e4d4d8a15b8b461f.html
Creo que todos, sin excepción, estamos de acuerdo en que lo ideal seria que el juicio fuese rapido para determinar si los malos tratos existen realmente o no, y también que existiese una bidireccionalidad en la capacidad de acusar de malos tratos y proteger a los niños.
Pero un juicio demasiado rapido no permite preparar una defensa adecuada. A la vez, si alguien esta làzando bengalas diciendo que ahi hay peligro, si el estado no protegiese de manera efectiva a los niños, le echariamos la culpa de no actuar.
No hay buenas soluciones.
www.informacionlegal.es/denuncia-por-violencia-de-genero/
El agresor también será privado de tener la custodia de sus hijos, por lo que tendrá prohibido completamente cualquier tipo de contacto con ellos.
Normalmente estas sanciones son válidas hasta el momento del juicio, donde se determinará la culpabilidad o inocencia del agresor. Se debe tener en cuenta que la llegada del juicio puede tardar meses y hasta años.
Entre tanto, como propones proteger a unos niños cuya madre esta lanzando señales de humo de que corren peligro? Que pueden ser mentira para conseguir determinadas cosas/joder la vida al padre? Por supuesto. Pero y si no lo son y ya se habia advertido? Pero como proteges a esos niños?
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Entretanto sólo indicarte que sin centrarme en el pequeño detalle el artículo, así como tantos otros, hace referencia a una posible instrumentalización de las justicia, en los casos de divorcio, para impedir que el padre vea a sus hijos.
Esté mejor o peor expresado legalmente , no entro en ello.
El avance hacia la custodia compartida es una clara tendencia legislativa en europa en defensa del interés del menor.
En tu exposición del caso de desprotección ya estás cuestionando la presunción de inocencia del padre y prejuzgando, esa es la manera dogmática y equivocada de creer que proteges al mejor, ¿Y si es la madre la maltratadora? proteges o empeoras la situación del menor con el derecho penal de autor?
No sé si eres consciente (desde el máximo respeto) que confundes criminología o el estudio criminologico del caso con ideología.
Al menor se le protege principalmente con medios y voluntad política que los desarrolle.
Cualquier accion que no implique alejar al niño del presunto foco de peligro es una negligencia.
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Quitarle la patria potestad a un padre es algo gravísimo y no se debe hacer por defecto ni por "aviso", se debe investigar , perseguir y demostrar con agilidad y por ende, poner los medios de protección necesarios y proporcionales con arreglo a las máximas garantías propias de un estado de derecho.