#3 De hecho en este caso inicialmente se archivó la denuncia y el afectado tuvo que recurrir.
En cambio en el caso de la puerta discoteca, en el que ella quería seguir de fiesta y él quería ir para casa y ella le pegó a él un puñetazo, él le dio una bofetada y ella le dió una patada, intervino la policia de oficio, inicialmente se absolvió a ambios, la fiscalía recurrió hasta el Supremo y el Supremo sentenció una condena de 6 meses para él y 3 meses para ella.
Ese incidente en la discoteca, 6 meses de cárcel. Agredir y morder a un hombre delante de su hija menor de edad y amenzarle por whatsapp, todo ello, 4 meses.
El que no entienda que esto es una locura que no se sostiene bajo ningún prisma (y por lo tanto acabará teniendo consecuencias) tiene un serio problema
En cambio en el caso de la puerta discoteca, en el que ella quería seguir de fiesta y él quería ir para casa y ella le pegó a él un puñetazo, él le dio una bofetada y ella le dió una patada, intervino la policia de oficio, inicialmente se absolvió a ambios, la fiscalía recurrió hasta el Supremo y el Supremo sentenció una condena de 6 meses para él y 3 meses para ella.
Ese incidente en la discoteca, 6 meses de cárcel. Agredir y morder a un hombre delante de su hija menor de edad y amenzarle por whatsapp, todo ello, 4 meses.
El que no entienda que esto es una locura que no se sostiene bajo ningún prisma (y por lo tanto acabará teniendo consecuencias) tiene un serio problema