#3 que es "votar mejor"? Los artículos del código penal que regulan el allanamiento y la usurpación llevan vigentes unas décadas. Por cierto, las leyes no las promulga "el gobierno", sino las Cortes.
La supina ignorancia de los de derechas (perdón, que tú no eres votante de derechas, jajaja) es algo que me sorprende. Soltais unas paridas que me dejan estupefacto.
#13 Por eso hay okupas, existe Desokupa, salen todos los días noticias en televisión de lo mismo, testimonios, etc. El problema no es la vivienda habitual, sino la segunda vivienda.
La supina ignorancia de los de izquierdas (perdón, que tú no eres votante de derechas, jajaja) es algo que me sorprende. Soltais unas paridas que me dejan estupefacto.
Las diferencias legales entre la ocupación de una vivienda vacía o segunda residencia y una vivienda habitual son notables, tratándose incluso de distinto tipo de delitos, con diferentes consecuencias civiles y penales
"Esta lesión antijurídica se aprecia igualmente en el caso de las segundas residencias -incluso durante el período en que las mismas no se encuentren habitadas, siempre y cuando conserven aquella condición-, tal y como refiere la STS n.º 852/2014, de 11 de diciembre -vid. asimismo STS n.º 731/2013, de 7 octubre, y ATS n.º 959/2009, de 16 de abril-: «En atención a los hechos probados, puede afirmarse, pues, que se trataba de una vivienda, y de la fundamentación jurídica no resulta que careciese de las características propias de la misma, constando que el denunciante acudía allí a pasar algunos ratos. En esas circunstancias no es relevante que el lugar constituyera su primera o segunda vivienda, sino si, cuando se encontraba en el lugar, aunque fuera ocasionalmente, utilizaba la vivienda con arreglo a su naturaleza, es decir, como un espacio en el que desarrollaba aspectos de su privacidad"
Es lo que tiene ser bobo, da igual de derechas o de izquierdas.
#19 El BOE es un medio controlado por el gobierno y por tanto, otra herramienta de propangada. Me cuesta creer que hasta tú, caigas en algo tan burdo. Y encima de la fiscalía, es decir, un órgano controlado totalmente por el PSOE (y más en esa época donde esta en manos de la Lola). La realidad es la que sale en los medios (te puedo poner todas las noticias que quieras), las empresas que ya existen para tratar esta realidad debido al vacío legal, los testimonios de las víctimas. En los países serioes el plazo máximo de desalojo es de 24 horas siempre si eres el propietario. Pero qué te puedes esperar aquí, donde hemos tenido alcaldesas como Colau que han sido okupas.
Es lo que tiene ser de izquierdas, que no das para más.
La supina ignorancia de los de derechas (perdón, que tú no eres votante de derechas, jajaja) es algo que me sorprende. Soltais unas paridas que me dejan estupefacto.
La supina ignorancia de los de izquierdas (perdón, que tú no eres votante de derechas, jajaja) es algo que me sorprende. Soltais unas paridas que me dejan estupefacto.
Sigues demostrando ignorancia total
Las diferencias legales entre la ocupación de una vivienda vacía o segunda residencia y una vivienda habitual son notables, tratándose incluso de distinto tipo de delitos, con diferentes consecuencias civiles y penales
www.prevent.es/blog-mis-vecinos/ocupar-vivienda-habitual
Es lo que tiene ser de izquierdas, que no das para más.
Veamos la nota de la FISCALIA GENERAL DEL ESTADO, algo más fiable que "una búsqueda simple por internet"
www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11243
"Esta lesión antijurídica se aprecia igualmente en el caso de las segundas residencias -incluso durante el período en que las mismas no se encuentren habitadas, siempre y cuando conserven aquella condición-, tal y como refiere la STS n.º 852/2014, de 11 de diciembre -vid. asimismo STS n.º 731/2013, de 7 octubre, y ATS n.º 959/2009, de 16 de abril-: «En atención a los hechos probados, puede afirmarse, pues, que se trataba de una vivienda, y de la fundamentación jurídica no resulta que careciese de las características propias de la misma, constando que el denunciante acudía allí a pasar algunos ratos. En esas circunstancias no es relevante que el lugar constituyera su primera o segunda vivienda, sino si, cuando se encontraba en el lugar, aunque fuera ocasionalmente, utilizaba la vivienda con arreglo a su naturaleza, es decir, como un espacio en el que desarrollaba aspectos de su privacidad"
Es lo que tiene ser bobo, da igual de derechas o de izquierdas.
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Es lo que tiene ser de izquierdas, que no das para más.
Me suda la polla la Fiscalía, es una nota que hace referencia a sentencias del TS.
Si quedas en evidencia lo mejor es callarte la puta boca, no salir por peteneras y empezar a hablarme de Colau o Jesucristo en patinete.
Segunda vivienda misma protección que la habitual. Punto.