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comentarios (16)
  1. Juan_Nervion
    Este... colombiano.
    1    k 39
  2. Asus_tando
    De 'El Caserío' no me fío.
    1    k 40
  3. RussellLittle
    No era empresario murciano. De haberlo sido, le habrían condenado dentro de 10 años a 500 eurillos.
    1    k 32
  4. IterCriminis
    #3 Lo de que en un caso fuera una violación (implica violencia) y en otro abusos sexuales (había "consentimiento", eran menores que se prostituían) igual tiene algo que ver.
    1    k 40
  5. function
    #2 Mejor "la mara que ríe".
    1    k 40
  6. squanchy
    #2 ya tenemos una edad, ¿eh?
    1    k 38
  7. omoloc
    #1 Encaja con el análisis de Choco
    www.youtube.com/watch?v=SwvgVRCPDQs
    0    k 20
  8. Asus_tando
    #6 Noo, qué va! si soy un chaval, el otro día cumplí los 25.
    En fin, me piro vampiro!
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  9. RussellLittle
    #4 Cuando las víctimas son mayores de 16 años, creo y según les crea o no el juez. Si no, el supuesto de consentimiento no es aplicable. Con todo, en el caso murciano, sigue saliendo barato a esos empresaurios el delito y el enfoque de "la Fiscalía".
    0    k 12
  10. IterCriminis
    #9 Pero no existió violencia o intimidación.

    Hoy todo es agresión: en el momento de los hechos no lo era, y se aplica la norma más favorable al reo.
    0    k 20
  11. RussellLittle
    #10 Revisando la literatura, parece que la rebaja que propuso "la Fiscalía" estaba motivada por la innecesaria dilación de los plazos judiciales, no porque hubiese consentimiento. Vaya, la justicia pidiendo perdón a los criminales por haberles hecho esperar. Es que había mucho lío estos últimos 10 años en los que han disfrutado de una libertad que no merecían.

    Habiéndose hecho mediático este vergonzoso apaño judicial, ahora "la Fiscalía" filtra a la prensa que van replantearse el tema y a lo mejor sí piden que alguno de los delincuentes confesos pise cárcel, aunque no sea lo común para penas bajas. Por el qué dirán. A ver cuál es el tonto que se come el marrón y cómo se lo toma.
    0    k 12
  12. IterCriminis
    #11 La rebaja obedece al atenuante de dilaciones indebidas. Que, por cierto, hoy se aplica a casi todo.

    El tipo penal era el de abuso sexual, que era distinto de la agresión sexual y de la violación. Puedes verlo en el BOE, permite ver cómo estaba redactado antes de las sucesivas reformas.
    0    k 20
  13. RussellLittle
    #12 Entonces, la rebaja, efectivamente, no obedece a ningún consentimiento que prestasen las menores, como decías en #4.
    0    k 12
  14. IterCriminis
    #13 No. Te estás liando tú solo.

    Cuando ocurrieron los hechos de Murcia, la diferencia entre abuso sexual y agresión sexual era el consentimiento de la víctima. El abuso, lógicamente, tenía menor pena.

    En este caso hablamos de abusos sexuales.

    A esa menor pena, además, se le ha aplicado la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Sospecho que algún otro. Esas atenuantes pueden rebajar aún más la pena.

    El segundo caso es una violación con agravantes. Unos hechos más graves y una pena mayor.

    Si creemos que los jueces son muy fachas (¡hasta han estudiado con un preparador!) y rebajan la condena porque los acusados son empresarios de Murcia, pues nos pueden colar cualquier irenada.
    0    k 20
  15. RussellLittle
    #14 Pero nadie está acusando de facha al juez y parece que se nos olvida que eran niñas. Aquí la cosa ha estado en manos de "la Fiscalía", que, pidiendo 4 años de cárcel, ha acordado con los criminales rebajar esa pretensión hasta lo que habitualmente queda en multa y libertad. Ahora, "la Fiscalía" se está replanteando que algunos sí pisen cárcel, quizás los que se lo montaron con menores de 16 años, ya veremos si la cosa deja de ocupar telediarios y quedan todos libres.

    El enfoque del asunto no deja de tener interés porque bien pudiera haberse acusado a todos, proxenetas y clientes, de operar como red criminal que explotaba sexualmente a menores. Hasta en eso, a los criminales confesos sólo se les está pidiendo que paguen un precio más elevado por su aprovechamiento sexual de niñas por medio de una presunta red de captación.
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  16. IterCriminis
    #15 La Fiscalía, si acusa, puede pedir una pena dentro de una un horquilla (igual que el resto de acusaciones, si las hay).

    Y el juez puede imponer una pena dentro de esa horquilla, sin superar lo que piden las acusaciones.

    Si la acusación ha pedido 4 años, puede que la horquilla estuviese entre 2 y 4 (atenuantes de dilaciones indebidas y, aunque parezca mentira, probablemente de reparación del daño... se queda la pena en nada).

    La Fiscalía tiene instrucciones para evitar meter gente en la cárcel en delitos "leves", se quieren evitar condenas cortas de prisión, y además así se asegura la condena si no lo tiene muy agarrado.

    Ya si eso podemos hablar de qué nos parece la pena, o por qué consentimos las dilaciones indebidas, o si la Fiscalía debería pactar en delitos contra las personas (sobre todo menores), o si debería aceptarse la "reparación del daño" en delitos sexuales contra menores...

    Pero vamos, que no están haciendo nada extraordinario.
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