#9 Judicializar decisiones del Ejecutivo no es inapropiado: es una forma de control del poder, un contrapeso; es la manera en la que la separación de poderes se vuelve efectiva.
¿No hay nada? Pues ya está, se cierra el asunto.
Quieren obligar a Ayuso a responder por la gestión de las residencias de Madrid. ¿Te parece inapropiado?
#10 Es apropiado judicializar decisiones ejecutivas que consituyan posibles delitos. Meter a España en una guerra está mal, pero no era un delito y el juez, completamente antagonista, fue capaz de entenderlo con profesionalidad.
Lo de Ayuso con las residencias puede ser lo mismo y, hasta ahora, ningún juez ha visto delito, aproximadamente con la misma rapidez. Pero, cuidado. No es lo mismo decidir que el estado español colabore en una guerra sin declararla ni ser combatiente, que ordenar que a ciudadanos de pleno derecho no se le presten servicios a los que tienen derecho con resultado de muerte. Aunque el resultado judicial pueda ser el mismo.
#11 Es lo primero que tiene que ver quien recibe la denuncia: que los hechos presenten caracteres de delito y que no sean manifiestamente falsos.
Si no es así, no tiene motivos para inadmitirla, por improbable que sea.
Pues en eso estamos: la Aemet tiene unas competencias que, de haberse incumplido de forma temeraria, podrían haber contribuido al resultado lesivo. ¿Hay motivos para investigarlo? Pues parece que puede haberlos.
#12 Ya parece que hay un juez que no ve motivo alguno. ¿Qué competencias incumplió la AEMET de forma temeraria? Sigue siendo ridículo el esfuerzo por generar duda. Los avisos llegan hasta a las aplicaciones móviles del tiempo. Claro que hay jueces que siguen en la prehistoria tecnológica.
¿No hay nada? Pues ya está, se cierra el asunto.
Quieren obligar a Ayuso a responder por la gestión de las residencias de Madrid. ¿Te parece inapropiado?
Lo de Ayuso con las residencias puede ser lo mismo y, hasta ahora, ningún juez ha visto delito, aproximadamente con la misma rapidez. Pero, cuidado. No es lo mismo decidir que el estado español colabore en una guerra sin declararla ni ser combatiente, que ordenar que a ciudadanos de pleno derecho no se le presten servicios a los que tienen derecho con resultado de muerte. Aunque el resultado judicial pueda ser el mismo.
Si no es así, no tiene motivos para inadmitirla, por improbable que sea.
Pues en eso estamos: la Aemet tiene unas competencias que, de haberse incumplido de forma temeraria, podrían haber contribuido al resultado lesivo. ¿Hay motivos para investigarlo? Pues parece que puede haberlos.