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Pentium2
#1 Eso siempre fue así. A finales del siglo pasado había un estanco-papelería en la calle donde yo vivía y el estanquero tenía en el local un radio-casete cutre con la FM puesta (Cadena 100). Un día llego yo al estanco y no hay música. Le pregunto por el motivo y el tío me contesta que había venido uno de la mafia a pasar la factura por poner música en el local. Lo que hizo el tío fue desenchufar el aparato de radio y guardarlo en la trastienda para posteriormente mandar a tomar por el culo al mafiosete.

La razón era muy simple, el tío ponía la radio para entretenerse él mismo mientras curraba, no para el público; porque ya ves, tú como cliente entras a comprar tabaco o una revista y no tardas ni dos minutos en pagar y largarte. No es lo mismo que un bar o un pub donde te puedes pasar horas viendo la tele o escuchando música.

Yo si fuera tu familiar le enchufaría el hdmi a la tele y buscaría en Internet contenidos con licencias Creative Commons, tanto vídeo como música que hay mucho y variado. Y obviamente me negaría a pagar la mordida a la mafia, porque a ver que argumentarían en este caso para pretender cobrar por contenidos que no gestionan. Seguro que los clientes del bar incluso lo agradecerían puesto que en la tele en abierto sólo ponen mierda a todas horas.
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#3 Bien visto. Gracias, se lo comentaré.
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Pentium2
#4 Bueno, puse lo de las licencias Creative Commons pero debería haber mencionado esto también: es.wikipedia.org/wiki/Dominio_público

Legalmente la mafia aquí no tiene nada que rascar, llámese SGAE, EGEDA o lo que sea.
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#6 Pero lo hacen. y lo mas jodido es que hay jueces que los apoyan.
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Pentium2
#7 Bueno, igual si se basan en que tu dispositivo es capaz de reproducir contenidos con derecho de autor pues sí, parecido a lo que pasa con los dispositivos de almacenamiento, que pagas canon aunque no almacenes una película ni un mp3 en dicho cacharro. :-D

Aunque en este caso como es "difusión pública" siempre puedes pedir que la SGAE o EGEDA contraten a un detective privado para que te espíe a ver si en tu local pones obras con derechos de autor gestionadas por ellos... Repito, legalmente no se puede (o no se debería poder) cobrar por obras de dominio público, Creative Commons, etc.
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