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#6 Pero lo hacen. y lo mas jodido es que hay jueces que los apoyan.
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Pentium2
#7 Bueno, igual si se basan en que tu dispositivo es capaz de reproducir contenidos con derecho de autor pues sí, parecido a lo que pasa con los dispositivos de almacenamiento, que pagas canon aunque no almacenes una película ni un mp3 en dicho cacharro. :-D

Aunque en este caso como es "difusión pública" siempre puedes pedir que la SGAE o EGEDA contraten a un detective privado para que te espíe a ver si en tu local pones obras con derechos de autor gestionadas por ellos... Repito, legalmente no se puede (o no se debería poder) cobrar por obras de dominio público, Creative Commons, etc.
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