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Vorkosigan
@IterCriminis la revelación de secretos no es a través de denuncia del afectado?

Ya me contesto yo:

Artículo 201

1. Para proceder por los delitos previstos en este Capítulo será necesaria denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.

Vamos, que no pueden
2    k 44
IterCriminis
#3 Supongo que se acogerán al siguiente punto (interés general).
1    k 33
Vorkosigan
#4 El Código Penal, que zorra traicionera y ambigua.....

"Interés General"....esto lo tendremos definido en algún lado, no?
2    k 44
IterCriminis
#5 En los "principios generales del Derecho". :troll:
0    k 20
Vorkosigan
#6 y eso estará definido en....?

xD
1    k 31
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