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nynph
Como si lo bajan a 0'1, en accidentes mortales el consumo de alcohol y drogas no es un agravante como debería serlo, por el contrario baja las penas y eso es a todas luces una injusticia.
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wolfy1981
#16
Las características que regulan la gravedad de un homicidio imprudente están recogidas en el artículo 379 del Código Penal, de los delitos contra la seguridad vial. Así, si el responsable del accidente sobrepasaba la velocidad máxima de la vía en más de 70 km/h en vías interurbanas u 80 km/h en interurbanas o conducía bajo la influencia de alcohol o drogas el delito de homicidio pasará a considerarse grave. Es decir, si la imprudencia per se hubiera sido constitutiva de delito, incurriremos en un delito de homicidio imprudente grave.

Se considerará, además, un delito de homicidio imprudente agravado cuando se produzca la muerte de dos o más personas o heridos, con una pena de hasta los 6 años de prisión; y homicidio imprudente superagravado cuando haya un gran número de fallecidos, con pena de hasta 9 años de cárcel.

Ya que el art 142 por homicidio imprudente solo es hasta 4 años.
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nynph
#17 Yo no he dicho si es imprudente o no, pero si atropellas a alguien con resultado de muerte porque vas de coca o cualquier otra sustancia, que has ingerido voluntariamente hasta las cejas, o leyendo los mensajes del móvil, por poner dos ejemplos, para mi, debería agravar el delito, no acortarlo. Y me da igual si el Código Penal dice misa en latín, todos sabemos que las leyes son injustas en la mayoría de ocasiones y es el juez el que debe decidir, que para eso están.
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