#6 El juez y el fiscal en la petición de indulto dicen que no es necesario que vaya a prisión porque ya no supone un peligro para su hijo, al estar privada de la custodia durante cuatro años (medida a la cual no se oponen) y poder verle únicamente en un punto neutro judicial, en el que no puede volver a hacerle daño ni secuestrarle.
#7 Ese argumento siempre me ha gustado. "El sujeto, que sí, le voló la cabeza a Pepito con una pistola, pero ya no es un peligro para Pepito, no va a poder hacerle más daño, no merece entrar en la cárcel porque en nada va a mejorar eso la vida de Pepito."
#11 El problema es que tenía otra hija con su nueva pareja, y no me consta que le hayan retirado la custodia (a pesar de que estaba en las mismas condiciones lamentables que el hijo al que secuestró).
En estos casos debería retirarse la custodia, tutela etc... de todas las personas que estuvieran a cargo de la persona condenada. No puede ser que sea un peligro para un hijo (que lo era) y no para la otra. Me parece más importante esto que la prisión.
#21 Bueno, según la podemitada es todo una conspiración judicial y policial.
Tampoco nos creamos a pies juntillas lo que dice la policía, lo que dice la sentencia, lo que dicen los peritos independientes y lo que dice el chico. Podrían estar todos en el ajo para desacreditar a Irene Montero.
#7 Muy bonito, que bien lo va a pasar su hijo que es la VÍCTIMA aquí, que la tiene que volver a ver. Esto no es revictimizar claro, pq la ministra condenada por injuriar al padre de la víctima le pareció estupendo que te tengan en una finca sin escolarizar y sin socializar, como un perro.
Es de madres protectoras eso claro.
#16 La condenaron con la privación de la patria potestad.
La fiscalía consideró que debería haber seguido sin tenerla: elpais.com/sociedad/2022-05-09/la-fiscalia-defiende-el-indulto-parcial
El ministerio público propone rebajar su pena a dos años de cárcel por sustracción de menores, pero mantener la privación de cuatro años de la patria potestad de su hijo
En el indulto le restituyeron la patria potestad, pero sigue sin tener la custodia, así que sigue pudiendo ver a su víctima, pero lo hace en un entorno en el que se supone que ya no puede reincidir (recordemos que anunció públicamente que volvería a hacerlo).
En unos años el chaval tendrá la mayoría de edad y ya no podrán obligarle a ver a esta señora.
#16#17 El Gobierno redujo esa pena de cárcel a dos años y conmutó la retirada de la patria potestad por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y es esta segunda decisión la que recurrió Rafael Marcos ante el Tribunal Supremo al entender que el indulto no está debidamente motivado e infringe los artículos 9, 10 y 103 de la Constitución Española. www.publico.es/politica/tribunal-supremo-confirma-indulto-maria-sevill
Hay que contar todo, no sólo lo que nos interesa.
www.vozpopuli.com/espana/ninos-lobo-agentes-maria-sevilla.html
En estos casos debería retirarse la custodia, tutela etc... de todas las personas que estuvieran a cargo de la persona condenada. No puede ser que sea un peligro para un hijo (que lo era) y no para la otra. Me parece más importante esto que la prisión.
Tampoco nos creamos a pies juntillas lo que dice la policía, lo que dice la sentencia, lo que dicen los peritos independientes y lo que dice el chico. Podrían estar todos en el ajo para desacreditar a Irene Montero.
Es de madres protectoras eso claro.
La fiscalía consideró que debería haber seguido sin tenerla:
elpais.com/sociedad/2022-05-09/la-fiscalia-defiende-el-indulto-parcial
El ministerio público propone rebajar su pena a dos años de cárcel por sustracción de menores, pero mantener la privación de cuatro años de la patria potestad de su hijo
www.elmundo.es/papel/historias/2022/05/25/628de41021efa0142c8b45d6.htm
En el indulto le restituyeron la patria potestad, pero sigue sin tener la custodia, así que sigue pudiendo ver a su víctima, pero lo hace en un entorno en el que se supone que ya no puede reincidir (recordemos que anunció públicamente que volvería a hacerlo).
En unos años el chaval tendrá la mayoría de edad y ya no podrán obligarle a ver a esta señora.
El Gobierno redujo esa pena de cárcel a dos años y conmutó la retirada de la patria potestad por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y es esta segunda decisión la que recurrió Rafael Marcos ante el Tribunal Supremo al entender que el indulto no está debidamente motivado e infringe los artículos 9, 10 y 103 de la Constitución Española.
www.publico.es/politica/tribunal-supremo-confirma-indulto-maria-sevill