#15 No importa que no estuviera en horas de trabajo, el agente se identificó como tal a tenor de presenciar un supuesto delito, es atentado a la autoridad.
Un policía es, por ley, 24 horas al día en cualquier tiempo.
Sin aventurarme en los detalles, todo parece indicar que actuó en defensa de la ley y de la seguridad ciudadana, no en el ámbito privado, por tanto, fue en "el ejercicio de las funciones de su cargo o con ocasión de ellas".
#15 No, no te lías: no está trabajando, pero aun estando fuera de servicio tiene la obligación legal de intervenir, y en el momento en el que se identifica e interviene, ya tiene carácter de agente de la autoridad.
Incluso cuando no está trabajando pero le agreden con ocasión del servicio (como cuando un cliente insatisfecho le reconoce por la calle y decide darle las gracias) también es delito de atentado.
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Un policía es, por ley, 24 horas al día en cualquier tiempo.
Sin aventurarme en los detalles, todo parece indicar que actuó en defensa de la ley y de la seguridad ciudadana, no en el ámbito privado, por tanto, fue en "el ejercicio de las funciones de su cargo o con ocasión de ellas".
Incluso cuando no está trabajando pero le agreden con ocasión del servicio (como cuando un cliente insatisfecho le reconoce por la calle y decide darle las gracias) también es delito de atentado.