El sistema público es fácilmente cambiable. El sistema privado no lo puede modificar el pueblo a su voluntad. Sólo el propietario de la empresa puede hacerlo. ¿Se puede rescindir el contrato? Sí y no. A mitad del mismo no, porque incurrirías en penalizaciones graves. Y si esas penalizaciones las quitas para próximas licitaciones entonces ninguna entidad privada querría asumir ese riesgo.
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