#15 yo las herencias que hice, en Galicia las 2, los anexos tenían las propiedades con la ref catastral y el valor catastral. Lo que desconozco es si puedes poner los huevos sobre la mesa y decir que tal propiedad vale tanto
#9 a lo que voy es a que el valor de las propiedades va por valor catastral, tú no decides cuánto quieres pagar. Se calcula en base al valor de los bienes. Lo del recargo, ten en cuenta que se añaden intereses de demora y salen caros