#5 No sé de dónde sacas que en los dos ultimos párrafos se diga nada del TSJ de Murcia, pero es que, aunque así fuera, estamos en las mismas: Que un tribunal no lo haga no quiere decir que otros no lo hagan y no hayan bajado las penas.
Estáis buscando casos en los que no cambie y casos en los que no se hace bien para justificar que está mal hecho. Es justo al revés. Con que haya un solo caso en el que se cambie habiéndose hecho bien, ya la ley está mal hecha.
#6 En los dos últimos párrafos se dice que aplicar la reducción de penas de forma automática en un nuevo delito donde se fusionan uno más grave y otro más leve, sin distinguir si la conducta objeto de condena se imbricaba en el delito más grave o en el más leve, es una aberración. Y si lees la noticia es exactamente lo que ha hecho el TSJ de Murcia.
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Estáis buscando casos en los que no cambie y casos en los que no se hace bien para justificar que está mal hecho. Es justo al revés. Con que haya un solo caso en el que se cambie habiéndose hecho bien, ya la ley está mal hecha.