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Limites constitucionales

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Parece también que el departamento ejecutivo se ha hecho culpable de frecuentes infracciones de la Constitución. Pero a este respecto haré tres observaciones: primera, una gran porción de estos casos fueron engendrados directamente por las necesidades de la guerra, o recomendados por el Congreso o el comandante en jefe; segunda, en la mayoría de los demás casos estaban de acuerdo con el modo de sentir, declarado o conocido, del departamento legislativo; tercera, el departamento ejecutivo de Pensilvania se distingue de los de los otros Estados en el número de miembros que lo componen. En este aspecto tiene tanto parecido a una asamblea legislativa como a un consejo ejecutivo. Estando sus miembros a la vez libres del freno de la responsabilidad individual, tratándose de sus actos colectivos y animándose con el mutuo ejemplo y la influencia de unos sobre otros, era natural que se atrevieran más fácilmente a adoptar medidas no autorizadas, que en aquellos lugares donde el departamento ejecutivo es administrado por una o pocas manos.
La conclusión que mis observaciones me autorizan a deducir es que la sola demarcación en un pergamino de los limites constitucionales de los diversos departamentos no es salvaguardia suficiente contra las usurpaciones que conducen a la concentración tiránica de todos los poderes gubernamentales en las mismas manos.

James Madison, Federalist No. 48 (1788)

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