#11 Bueno... eso es un poco tramposo. Decir es legal el alquiler sin contrato es falso o verdadero según en que municipio estes porque la vivienda esta mayoritariamente cedida al gobierno local.
No se cuantos municipios permiten alquilar sin contrato firmado, pero me imagino que no muchos.
Luego el propietario no puede subirlo lo que le salga de las narices, lo sube en la medida que sigue habiendo personas que quieren alquilar a ese precio. Sino... se ve obligado a bajarlo hasta que ocurra una dos alternativas, o lo alquila o lo termina vendiendo porque el precio que pagan no le compensa el alquiler.
En cuanto a las condiciones, es mentira que el propietario ponga las condiciones que le apetezca, que parece que no tenemos boca para hablar. Si quieres unas condicione distintas, las puedes proponer y para tu sorpresa, la otra parte normalmente las escucha. Eso es lo que suele ocurrir cuando dos partes, interesadas en formalizar un acuerdo, ponen sobre la mesa sus condiciones. Si no se entienden, no se formaliza el acuerdo y punto. Ni el propietario esta obligado a alquilar a ni el arrendatario a aceptar las condiciones.
#14 La ley no exige que el contrato esté formalizado por escrito.
El propietario lo puede subir cuando y cuanto quiera, no hay ninguna ley que le impida hacerlo, y creo que ya hemos visto muchos casos.
Respecto al último punto, en un mundo maravilloso sería así.
#20 ¿Pero de que ley estas hablando? Te repito, mira el mapa de España, cuenta el número de municipios y cada uno de ellos va a tener una legislación y normas distintas que va a tener que cumplir.
El propietario puede decirle al inquilino que le sube cuanto quiera, y el inquilino puede negarse a pagarlo.
De la misma forma, el inquilino, puede pedir al casero que le baje el precio cuanto quiera, y propietario negarse a bajarlo.
En ambos casos, la solución es que la otra parte puede buscar alternativa, el propietario puede buscar otro inquilino y el inquilino otra casa.
No es que sea un mundo maravilloso, es como funciona una economía sana, sin intervencionismo estatal...
La culpa de que las cosas estén así, es precisamente el tipo de legislación que solicitas.
#23 No esta vigente? No se si has estado atento a las noticias últimamente, pero los propietarios llevan unos 3 años sin poder subir los precios más que un limite permitido por ley, que en todos los casos ha estado por debajo de la inflación. Algunas zonas, como Barcelona, algo más.
No se cuantos municipios permiten alquilar sin contrato firmado, pero me imagino que no muchos.
Luego el propietario no puede subirlo lo que le salga de las narices, lo sube en la medida que sigue habiendo personas que quieren alquilar a ese precio. Sino... se ve obligado a bajarlo hasta que ocurra una dos alternativas, o lo alquila o lo termina vendiendo porque el precio que pagan no le compensa el alquiler.
En cuanto a las condiciones, es mentira que el propietario ponga las condiciones que le apetezca, que parece que no tenemos boca para hablar. Si quieres unas condicione distintas, las puedes proponer y para tu sorpresa, la otra parte normalmente las escucha. Eso es lo que suele ocurrir cuando dos partes, interesadas en formalizar un acuerdo, ponen sobre la mesa sus condiciones. Si no se entienden, no se formaliza el acuerdo y punto. Ni el propietario esta obligado a alquilar a ni el arrendatario a aceptar las condiciones.
El propietario lo puede subir cuando y cuanto quiera, no hay ninguna ley que le impida hacerlo, y creo que ya hemos visto muchos casos.
Respecto al último punto, en un mundo maravilloso sería así.
El propietario puede decirle al inquilino que le sube cuanto quiera, y el inquilino puede negarse a pagarlo.
De la misma forma, el inquilino, puede pedir al casero que le baje el precio cuanto quiera, y propietario negarse a bajarlo.
En ambos casos, la solución es que la otra parte puede buscar alternativa, el propietario puede buscar otro inquilino y el inquilino otra casa.
No es que sea un mundo maravilloso, es como funciona una economía sana, sin intervencionismo estatal...
La culpa de que las cosas estén así, es precisamente el tipo de legislación que solicitas.
Vuelve a revisar que ha estado vigente y que no.
El inquilino o futuro inquilino, solo pagar la renta y muchas veces, ni eso.