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juanda
A grandes rasgos, esto significaba que un trabajador o trabajadora a media jornada o tiempo parcial tenía que trabajar el doble o más jornadas para alcanzar el mismo nivel de cotización, y la misma cuantía de pensión, que si trabajara a tiempo completo.

Ésto quiere decir que se equipara el tiempo, no el importe o cuantía de cotización, si trabajas 4hs durante 40 años tienes derecho a jubilarte igual que si hubieras trabajado 8hs, eso sí, cobrarás por la cotización de 4hs.
#1 Sí, cobrarán más años, pero no más dinero.


Esta diferencia de trato implicaba, además, una desigualdad de trato entre hombres y mujeres dado que buena parte de los contratos a media jornada o tiempo parcial recaen en mujeres (alrededor del 75 % en el momento de la sentencia).

De 100 contratos a tiempo parcial, 75 son contratos de mujeres. Los 25 contratos de hombres también se ven beneficiados sin necesidad de que tengan que reclamarlos en un tribunal.
#2 No es necesario que en cada jornada se acerquen a un juzgado a reclamar su tiempo cotizado, éso ya está en el contrato.

Es una pena el titular, por que el artículo está bastante bien redactado y explicado, pero si habría que decir algo sobre las pensiones es que afectan más a las mujeres por que el 75% de los contratos a tiempo parcial son de mujeres, la mujer no obtiene ningún beneficio por encima del mismo contrato parcial que se le haya hecho a un hombre.
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pep009
#4 No me refiero a ir al juzgado con la jornada laboral. Me refiero al complemento de maternidad que las mujeres cobran directamente y los hombres han tenido que lleva a la justicia europea para que les reconozcan el mismo complemento.

Eso que el gobierno más progresista de la historia con el magnífico ministerio de “igualdad” no ha tenido tiempo de corregir.

Y ha tenido que llevar un particular a la justicia europea para que los hombres puedan reclamar, vía judicial, cada uno, cobrar ese mismo complemento que se da automáticamente a las mujeres.
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juanda
#7 El complemento de brecha de género, ahora se llama así, y si lees los beneficiarios y requisitos verás que es tanto para hombres como mujeres:

www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPen
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pep009
#8 Si, ese es el nuevo, y trae todo un apartado de requisitos que deben cumplir los hombres, que no se pide a las mujeres a:

“ Para que los hombres tengan derecho al complemento deberán acreditar alguno de los siguientes requisitos: … “

Tocará denunciar de nuevo en Europa.


A las mujeres les dan el complemento por serlo, y a los hombres les ponen unos requisitos. Muy constitucional
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Injustice_Marvin
#9 Se ve que el art 14 de la Constitución no les gusta mucho
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