El TS estipula que la GC no puede ser amparada por «delito de odio», con referencia a Altsasu
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Una nueva sentencia del Supremo español arroja luz sobre una cuestión recurrente estos años: la Guardia Civil no puede ser protegida por la legislación sobre «delitos de odio» al no tener «especial vulnerabilidad». Y cita el ‘caso Altsasu’, donde la división de criterio derivó en dos ponentes.