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Nueva lección judicial sobre el consentimiento: el hecho de que la víctima hubiera mantenido antes relaciones consensuadas no justif

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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por penetrar analmente a una mujer con la que había mantenido antes relaciones sexuales consentidas, pero a la que no atendió cuando ella se negó a esa penetración. En una sentencia que no es firme porque está recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Sección Primera de la Audiencia Provincial considera al procesado autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal...

comentarios (11)
  1. Henry
    #4 La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, popularmente conocida como ley del solo sí es sí, introdujo en el Código Penal la regulación del consentimiento sexual.

    Hasta la entrada en vigor de esta norma, el 7 de octubre de 2022, el Código Penal se refería al consentimiento sexual en su articulado, pero no especificaba qué se entendía como tal.

    Así pues, actualmente, el consentimiento sexual se define el artículo 178.1 del Código Penal de la siguiente manera:

    1. (...). Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona.

    Artículo 178.1 del Código Penal
    2    k 57
  2. Injustice_Marvin
    #0 Era punible antes y después de la reciente y estúpida ley.
    2    k 47
  3. Injustice_Marvin
    #5 Lo siento es ridículo, lo repito era punible antes y después de la chapuza de ley. Antes de la ley había violadores ena cárcel al igual q después de la ley.
    Lo único q se trabaja es el marketing y la inseguridad jurídica.
    "Definir el consentimiento sexual " ... Claro antes los jueces eran gilipollas y menos mal q vinieron 4 expertas a decírselo . Ridículo humo y marketing.
    2    k 47
  4. IterCriminis
    #6 Han inventado la rueda.
    2    k 47
  5. Injustice_Marvin
    #7 Para mí y para cualquiera con un mínimo de criterio
    2    k 45
  6. pep009
    Queda claro que una buena app para usar el movil como grabadora puede salvarte de 4 años en la carcel.
    1    k 30
  7. BLUESS
    #2 BLUESS
     *
    Eso sí es violación,el problema está aquí en el consentimiento,aunque fuera oral,que también lo es. Ir con un notario no es plan,pero al menos que te lo diga en el WhatsApp... un audio, sí rompe el rollo y que lo jure por Snoopy.
    0    k 20
  8. Henry
    #6 Para ti es una chapuza ya lo sabemos todos...
    0    k 20
  9. Injustice_Marvin
    #5 Yo tampoco quiero violadores en la calle ni que un culpable se libre pero me parece peor que un inocente lo pague.
    Si le quieres explicar lo que es el consentimiento a alguien mejor se lo dices a la jueza del caso Alves.
    Pq la diferencia entre este y Alves es que el segundo tiene dinero para estar por la calle paseando, al amparo de tu maravillosa ley y las anteriores.
    0    k 20
  10. Henry
    #10 Para que pague tiene que haber pruebas y que se tomen en consideracion, aunque ya sabes todo el retrogradismo que hay por esos lares
    0    k 20
  11. Juan_Nervion
    A las duchas del talego, para que aprenda.
    0    k 19
comentarios cerrados
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