#2 Eso mismo venía a decir yo. Y tampoco podrá hacer nada contra los periodistas que aireron la sentencia, pues están en su derecho de informar de lo que crean conveniente.
#2 y #4 Si y no, las sentencias judiciales son públicas, pero no están consideradas como fuentes accesibles al público, según la actual redacción del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999 y del 7 de su Reglamento de Desarrollo. Por lo tanto, no puede obtenerse (ni publicarse) ningún dato de carácter personal recogido en ellas.
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No sé si tiene recorrido denunciar eso....