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Cambios de sexo registral y delitos de violencia de género: qué pasa si hay un juicio pendiente y si hay condenas previas

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“Una persona solicita un cambio de sexo registral gracias a la ley trans para librarse de una denuncia o una condena". La ley trans contempla en su artículo 46 que tras un cambio de sexo registral, la persona se beneficie de su nueva situación salvo en lo que tiene que ver con la justicia; si se pasa del sexo masculino al femenino prevalecerá el régimen jurídico anterior a la modificación y sobre todo si aplica la ley de violencia de género.

comentarios (3)
comentarios cerrados
IterCriminis
El agravante por tener pene se tiene en cuenta en el momento de los hechos. Eso es obvio. Agrede con el poder del patriarcado (el que lleva ahí colgado) y eso no se puede borrar.

Las risas vendrán cuando alguna que haya decidido previamente ser mujer en su DNI y su fuero interno (pero sin cambiar de nombre ni travestirse ni mutilarse) sea denunciada y descubran que es invulnerable al genaro.
3    k 79
function
#1 Vaya lío tenemos, ¿de verdad no estábamos mejor antes, cuando sólo había un sexo y éramos todos amebas?
1    k 39
Siyo
Una vez denuncie al marido y sea maride.....
La orden de alejamiento será de alejamienta...
1    k 40
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