La "Gran Invalidez" no se concede automáticamente por las enfermedades que padeces. Supone un aumento de un 25-50 % de la prestación máxima que te corresponda, y se justifica por los gastos de más que te origine (por ejemplo, contratar un cuidador, que tú cónyuge renuncie a trabajar para cuidarte...) Además, se descuenta de la prestación por la Ley de la Dependencia.
Pelín amarillista el artículo
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