#8 No, Juan, no, la ley de protección de datos y el GDPR no prohíben a la administración el tratamiento de datos cuando se justifica por la utilidad pública del tratamiento.
Artículo 6:
Licitud del tratamiento
El tratamiento solo será lícito si se cumple al menos una de las siguientes condiciones:
...
e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento;
Artículo 6:
Licitud del tratamiento
El tratamiento solo será lícito si se cumple al menos una de las siguientes condiciones:
...
e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento;
gdprinfo.eu/es/es-article-6