#1#2 el voto debería concederse a partir de los 60 años, que es cuando comenzamos a tener algo de razón, y retirarse a partir de los 60 años, que es cuando se empiezan a mermar los procesos mentales.
#8 Para votar en las generales hay que ser nacido aquí o nacionalizado, para las locales basta con estar en el padrón y para las europeas ser europeo o nacionalizado en un país europeo
#6 pues no le faltaba razón, quitas a los semovientes del agro, a los abuelos abducidos por la TDT y a los murcianos y la derecha, incluido el PSOE, se hunde.
#13 cierto y lo se por experiencia propia, no hay nada peor que estar 17 días en un hospital y que te toque de compañero de cuarto el abuelo con familiares de mediana edad
#1 Con 16 años pueden sacarse licencias de conducción, tener autorización de uso de armas (limitadas a caza o deportivas), hacer testamento ante notario y trabajar, pero por lo que sea, votar, ni pueden ni deben, que curioso.
#29 carnet de conducir (a no ser ciclomotor) no se puede hasta los 18. Lo de las armas, solo deportivas, es decir, de nuevo debes tener 18 años y testamento puede hacerlo cualquiera, aunque si no es mayor de edad (18) necesita otra persona. O sea, que la edad para poder hacer y decidir en España, es 18 años, salvo raras excepciones.
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