#29 Mmm, me parece que no me has entendido. Te decía que hablabas del caso concreto que un particular quiera construir dentro de una propiedad suya. Lo que digo es que hay otras situaciones diferentes, donde hay que liberalizar suelo que se encuentra categorizado como no urbanizable, pero que no es propiedad de un particular.
#31 No, no me has entendido, entonces. Repito, se aprobó una ley de liberalización del suelo, no liberalizar el suelo. Una ley para cambiar las bases en que se puede liberalizar el suelo, lo he dicho antes. También dije que no sé en qué términos está redactada.
Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Que es una contradictio in terminis: no puedes prohibir la especulación y al mismo tiempo generar plusvalías.
Afortunadamente se lo encomienda a "los poderes públicos", o sea: a nadie.
En la práctica: se ha promovido la especulación, y las administraciones locales se han lucrado con ello (ya sin entrar en la corrupción).
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Concretamente en cada municipio en el que han podido hacerlo.
Si yo puedo construir donde quiera, ¿qué sentido tiene sobornar a nadie? Pues eso.
Insisto: nunca se ha liberalizado el suelo.
Desde el momento en el que se puede "catalogar como no urbanizable", es un mercado intervenido.
No pueden existir las dos cosas a la vez, no puede estar liberalizado y que dependa de la firma arbitraria de un concejal si se construye o no.
El caso es que Aznar no liberalizó el suelo.
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Edit.: No, Aznar no liberalizó el suelo. Creo que nadie puede liberalizarlo por ley, según tengo entendido.
Lo que dice la Constitución es esto:
Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Que es una contradictio in terminis: no puedes prohibir la especulación y al mismo tiempo generar plusvalías.
Afortunadamente se lo encomienda a "los poderes públicos", o sea: a nadie.
En la práctica: se ha promovido la especulación, y las administraciones locales se han lucrado con ello (ya sin entrar en la corrupción).