#16 La condenaron con la privación de la patria potestad.
La fiscalía consideró que debería haber seguido sin tenerla: elpais.com/sociedad/2022-05-09/la-fiscalia-defiende-el-indulto-parcial
El ministerio público propone rebajar su pena a dos años de cárcel por sustracción de menores, pero mantener la privación de cuatro años de la patria potestad de su hijo
En el indulto le restituyeron la patria potestad, pero sigue sin tener la custodia, así que sigue pudiendo ver a su víctima, pero lo hace en un entorno en el que se supone que ya no puede reincidir (recordemos que anunció públicamente que volvería a hacerlo).
En unos años el chaval tendrá la mayoría de edad y ya no podrán obligarle a ver a esta señora.
#16#17 El Gobierno redujo esa pena de cárcel a dos años y conmutó la retirada de la patria potestad por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y es esta segunda decisión la que recurrió Rafael Marcos ante el Tribunal Supremo al entender que el indulto no está debidamente motivado e infringe los artículos 9, 10 y 103 de la Constitución Española. www.publico.es/politica/tribunal-supremo-confirma-indulto-maria-sevill
Una recompensa maravilla por maltratarlo.
Gracias al PSOE-PODEMOS
La fiscalía consideró que debería haber seguido sin tenerla:
elpais.com/sociedad/2022-05-09/la-fiscalia-defiende-el-indulto-parcial
El ministerio público propone rebajar su pena a dos años de cárcel por sustracción de menores, pero mantener la privación de cuatro años de la patria potestad de su hijo
www.elmundo.es/papel/historias/2022/05/25/628de41021efa0142c8b45d6.htm
En el indulto le restituyeron la patria potestad, pero sigue sin tener la custodia, así que sigue pudiendo ver a su víctima, pero lo hace en un entorno en el que se supone que ya no puede reincidir (recordemos que anunció públicamente que volvería a hacerlo).
En unos años el chaval tendrá la mayoría de edad y ya no podrán obligarle a ver a esta señora.
El Gobierno redujo esa pena de cárcel a dos años y conmutó la retirada de la patria potestad por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y es esta segunda decisión la que recurrió Rafael Marcos ante el Tribunal Supremo al entender que el indulto no está debidamente motivado e infringe los artículos 9, 10 y 103 de la Constitución Española.
www.publico.es/politica/tribunal-supremo-confirma-indulto-maria-sevill