Nuestra constitución lo deja bien claro al respecto en su artículo 55 - Los derechos a la libertad de expresión, a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica (art. 20.1 a) y d) y el secuestro de las publicaciones, grabaciones u otro medio de información 20.5). La adopción de estas medidas -se advierte expresamente en la Ley Orgánica 1981- no podrá llevar aparejada ningún tipo de censura previa. app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=5
Si, creo que la asociación es bien correcta, quizás te vendría bien leer y reflexionar, nunca es tarde
Como te he dicho, nos ha costado mucho como sociedad llegar hasta aquí para que vengan cuatro curas o neomonjas a tirarlos por tierra, eso no lo debemos de tolerar.
#40La libertad de expresión se reconoce como un derecho humano en virtud del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y se reconoce en el derecho internacional de los derechos humanos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). El artículo 19 de la DUDH establece que:
"Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye la libertad de mantener opiniones sin interferencia y de buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio de comunicación e independientemente de las fronteras; ya sea oralmente, por escrito o impreso, en forma de arte, o por cualquier otro medio de su elección".
DUDH
La versión del Artículo 19 en el PIDCP lo enmienda más adelante al afirmar que el ejercicio de estos derechos conlleva "deberes y responsabilidades especiales" y "por lo tanto, estar sujeto a ciertas restricciones" cuando sea necesario "para respetar los derechos o la reputación de otros" o "para la protección de la seguridad nacional o del orden público, o de la salud o la moral públicas".6
A ver si va a resultar que lo que algunos no entienden es que la libertad de expresión lleva aparejadas una serie de responsabilidades y que no vale cualquier cosa.
#66 sí, lo leo, es que lo he escrito yo. Ahora si quieres dime como es que el culo de una mujer en bikini representa los valores de una bodega de vino de León, y no lo hace el culo de un hombre
#68 ¿¿Donde ves tu el culo de una mujer?? A ver, ¡que es un puto dibujo!
Y mira, aunque fuera el culo de una mujer, aunque no represente en absoluto los valores de una bodega, aunque el culo de un hombre quedase mucho mejor y fuera más coherente, repito: no se puede prohibir.
dle.rae.es/censura
Nuestra constitución lo deja bien claro al respecto en su artículo 55
- Los derechos a la libertad de expresión, a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica (art. 20.1 a) y d) y el secuestro de las publicaciones, grabaciones u otro medio de información 20.5). La adopción de estas medidas -se advierte expresamente en la Ley Orgánica 1981- no podrá llevar aparejada ningún tipo de censura previa.
app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=5
Sin embargo, cada vez que escucho a alguien limitar la libertad de expresión me recuerda a:
es.wikipedia.org/wiki/Censura_durante_el_franquismo
Si, creo que la asociación es bien correcta, quizás te vendría bien leer y reflexionar, nunca es tarde
Como te he dicho, nos ha costado mucho como sociedad llegar hasta aquí para que vengan cuatro curas o neomonjas a tirarlos por tierra, eso no lo debemos de tolerar.
*
"Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye la libertad de mantener opiniones sin interferencia y de buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio de comunicación e independientemente de las fronteras; ya sea oralmente, por escrito o impreso, en forma de arte, o por cualquier otro medio de su elección".
DUDH
La versión del Artículo 19 en el PIDCP lo enmienda más adelante al afirmar que el ejercicio de estos derechos conlleva "deberes y responsabilidades especiales" y "por lo tanto, estar sujeto a ciertas restricciones" cuando sea necesario "para respetar los derechos o la reputación de otros" o "para la protección de la seguridad nacional o del orden público, o de la salud o la moral públicas".6
A ver si va a resultar que lo que algunos no entienden es que la libertad de expresión lleva aparejadas una serie de responsabilidades y que no vale cualquier cosa.
Insisto, ¿tu lees lo que escribes?
Y mira, aunque fuera el culo de una mujer, aunque no represente en absoluto los valores de una bodega, aunque el culo de un hombre quedase mucho mejor y fuera más coherente, repito: no se puede prohibir.
No, no veo un culo porque no lo hay, lo que hay es el dibujo de medio culo