La Guardia Civil recuerda que la conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás está regulada en el artículo 381 del Código Penal y puede ser castigada con una pena de dos a cinco años de prisión y prohibición del derecho a conducir de seis a diez años.
Desprecio por la vida de los demás, por la suya propia y por la del coche.
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Desprecio por la vida de los demás, por la suya propia y por la del coche.