#1 El tal Rallo ya se sabe de qué palo va, y te la ha metido doblada.
1. Cierto, no hay un límite en el número de empleos en los que puedas estar contratado, pero si es obligatorio el descanso mínimo de 12hs entre jornada y jornada, osea, no puedes pluriemplearte de forma que tú jornada sea más de 12hs. En Gracia te "permiten" ahora una jornada de 13hs solo estás pluriempleo, te dejan 11hs para descansar.
Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos. 1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
Artículo 34.3: Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas
2. El descanso semanal en España debe ser de día y medio. Si en Grecia te pueden imponer un sexto día de jornada ya tienes que solo descansarás un único día.
#6 te falta poner el artículo donde así lo diga. No se si existe pero si se que de existir no se cumpliría. Por experiencia propia. Y si tuvieras razón (no lo creo) la aberración que escandaliza a la izquierda seria una hora de diferencia al día.
#10 Los turnos existen, y también están regulados, y me acabas de dar un ejemplo de un único empleo, si ese sanitario o médico se busca otro empleo tendrá que revisar su jornada
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En España NO EXISTEN LIMITACIONES en caso de ser pluriempleados (se puede trabajar 24h), en Grecia lo han limitado a 13 horas
O son mentirosos compulsivos o es que SON IDIOTAS ANALFABETOS que no tienen ni puta idea de nada
1. Cierto, no hay un límite en el número de empleos en los que puedas estar contratado, pero si es obligatorio el descanso mínimo de 12hs entre jornada y jornada, osea, no puedes pluriemplearte de forma que tú jornada sea más de 12hs. En Gracia te "permiten" ahora una jornada de 13hs solo estás pluriempleo, te dejan 11hs para descansar.
Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos. 1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
Artículo 34.3: Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas
2. El descanso semanal en España debe ser de día y medio. Si en Grecia te pueden imponer un sexto día de jornada ya tienes que solo descansarás un único día.
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si tienes 2 o 3 empleos, te drogas, no duermes es cosa tuya
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cc #8
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Y no lo digo yo, ni lo dice Yolanda o cualquiera de izquierdas, lo dice el Estatuto de los trabajadores.
En éste cometnario mío es de dónde tomo los motivos por lo que creo no se puede tener una jornada de 13hs en España cuando estas pluriempleado:
www.mediatize.info/c/229606