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josdete
#4 josdete
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#3 Poco recorrido tienen esas multas, según la ley mientras no saquen nada fuera de su caravana o camper , son considerados como cualquier vehículo privado aparcado, mientras no lo hagan en zonas limitadas por tiempo.
Os pongo un poco de la nueva ley de la DGC sobre caravanas.

Aun así, la DGT recuerda las diferencias entre estacionar y acampar con autocaravana o camper. Por tanto, para que el vehículo se considere estacionado y no acampado, deben cumplirse estos requisitos:
«Que el vehículo, con el motor parado, solo esté en contacto con el suelo a través de las ruedas (no se utilizan las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio, salvo los calzos, previstos por el Reglamento General de Circulación)».
«Que el vehículo no ocupe más superficie que la que ocupa cerrado, es decir, sin el despliegue de elementos proyectables, sillas, mesas, etc., elementos que pueden invadir una superficie mayor que la delimitada por el perímetro del vehículo, entendido este como la proyección en planta del mismo».
«Que el vehículo no emita ningún tipo de fluidos o ruidos al exterior».
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Bartual
#4 ¿Si te sacas la mesita a unos metros del vehiculo, se considera que el vehiculo está ocupando más?
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josdete
#7 Si
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Bartual
#9 Entonces, en la playa?
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Asus_tando
#4 Eso está bien pero en muchos sitios tienen ordenanzas locales que prohíben dormir en un vehículo. Entonces puedes aparcar pero para dormir tienes que irte a un hotel.
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