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inconformistadesdeel67
#49 Mmm, tengo entendido que automáticamente no se cancelan, tiene que pasar un tiempo y después solicitarlo. A no ser que eso haya cambiado, claro.
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IterCriminis
#50 Claro que tiene que pasar un tiempo. Si no, no serían antecedentes.

Se puede pedir, no cuesta dinero. El que no pueda mover el culo para eso, mejor que tampoco vote, gracias.

www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/solicitud-cancelacion
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inconformistadesdeel67
#51 Pues eso, que se pueden dar circunstancias en que alguien se quede sin votar queriendo hacerlo, y siendo apto para ello.
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IterCriminis
#52 Si no los hubiera cancelado, no sería apto.

Es como si ahora no apareces en el censo electoral y no reclamas en plazo: la norma dice, literalmente, "la próxima vez, espabila".

Ya, a mí también me sorprendió que pusiera eso en una Ley Orgánica...
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inconformistadesdeel67
#53 Suponte, por ejemplo, que el plazo a partir del que pueda pedir que se cancele comience pocos días antes de unas elecciones, o que sufre la pérdida de un ser querido, y eso le hace olvidarse de pedirlo, o que no sepa que puede pedirlo, o que sufre un accidente y no puede pedirlo. Mil cosas.
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IterCriminis
#54 La vida es así.

No se va a morir por no votar.
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inconformistadesdeel67
#55 Tienes razón, más bien al contrario. xD

Cualquier día se queda alguien en la sillita de ruedas por ir a votar.
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