#8 Esa es su ubicación en el Código, cierto; pero el Supremo consideró que el bien jurídico protegido era el principio de autoridad (como en la desobediencia), mientras que en el de ir piripi era la seguridad vial: de ahí que se pudiera asestar ambos estacazos sin incurrir en el no bis in ídem.
Una decisión, a mi parecer, maravillosa.
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Una decisión, a mi parecer, maravillosa.