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IterCriminis
#38 El indulto sólo lo puede pedir la persona condenada. Corrijo, que no lo tengo claro. El resto sigue siendo lo mismo:

La Fiscalía y el juez sentenciador lo que hicieron fue dar su visto bueno a un indulto parcial, en el que, sin dejar de considerar que era culpable, opinaban que ella ya no era un peligro para su hijo porque le habían retirado la patria potestad durante cuatro años (y se oponían a devolvérsela), y que, teniendo en cuenta que había indemnizado al padre del niño secuestrado y que era su primer delito, lo mejor para su reinserción era evitar que entrara en la cárcel.
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