#1 Artículo 11 de la Ley Orgánica 2-86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sobre las funciones de las Fuerzas u Cuerpos de Seguridad del Estado:
i) Colaborar con los servicios de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofe,
o calamidad pública, en los términos que se establezcan en la legislación de protección civil.
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i) Colaborar con los servicios de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofe,
o calamidad pública, en los términos que se establezcan en la legislación de protección civil.