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IterCriminis
#4 Constitución Española, 1978:

Artículo 87
...

3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.


Al detalle:
NO PROCEDERÁ DICHA INICIATIVA EN MATERIAS PROPIAS DE LEY ORGÁNICA

Las leyes orgánicas son (entre otras cosas) las necesarias para regular derechos fundamentales. El Código Penal es una ley orgánica.

No se puede cambiar el Código Penal con una ILP.

Arrepiéntete de tu comentario @juanda
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juanda
#7 No hace falta un código penal para "supuestamente" regular la okupación, eso es solo si quieres ser punitivo con ella. Solo es necesario regutal lo básico para que no se pueda okupar. El simple hecho de poder echar a un okupa rápidamente aunque no haya consecuencias, también eliminaría el "supuesto" problema social.

Arrepiéntete de tu comentario @IterCriminis
(aunque le buscarás la quita pata al gato para no hacerlo)
1    k 40
IterCriminis
#8 ¿Echar a alguien de "su" morada no afecta a los derechos fundamentales?

Vaya.
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juanda
#9 En tal caso, si es su morada, no es okupa ¿No?
1    k 40
IterCriminis
#10 Es que si está de paseo dentro de una casa que no es suya, y no viviendo en ella, no es un okupa.
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juanda
#11 Está viviendo en ella, no de paseo, por eso es su morada.
1    k 40
IterCriminis
#12 Pues eso.

No, no puedes usar la ILP para solucionar la lacra okupa.
1    k 40
function
#11 ¿Qué es, entonces? ¿Un paseante de interior?
1    k 40
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