El unico referundum constitucional sobre el asunto de la independencia es el no vinculante. No cabe interpretacion en la constitucion más allá de eso. Pensar que porque en una cosa se pueda forzar un poco (ya veremos cuánto) la interpretacion de una ley fundamental, porque siga en el marco constitucional a pesar de todo, en el resto por ende va a ocurrir o mismo, es de una ingenuidad enorme.
Hoy en dia la celebracion de un referendum vinculante de independencia debe pasar por un cambio constitucional previo y ese cambio ha de aprobarse en parlamento y senado.
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Hoy en dia la celebracion de un referendum vinculante de independencia debe pasar por un cambio constitucional previo y ese cambio ha de aprobarse en parlamento y senado.
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Ese mismo tribunal que emana de la carta constitucional que, a su vez, emana de una amnistia.