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Eximen a un padre del pago íntegro del colegio privado de sus hijos e imponen a su exmujer un 20 % del importe

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La Audiencia Provincial de Granada ha eximido a un padre del pago íntegro del colegio privado de sus hijos. En su lugar, reparte el importe en una proporción de 80%-20% entre él y su exmujer. De esta forma, revoca en parte la sentencia de primera instancia que le obligó a hacer frente al 100% de las cuotas del colegio por tener ingresos muy superiores a los de su exmujer. El pago del centro asciende a 17.200 euros por curso.

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