entrar registro

El artículo 9.2 de la Constitución Española, ese gran desconocido

8781 visitas
|
votos: 16 · 2
|
karma: 112
|

Aunque Aristóteles nos lo dejó bastante claro hace más de 2300 años al definir el concepto de equidad, sigue habiendo gente que califica como injusticia atroz el hecho de que existan leyes específicas para supuestos cuyas características particulares exigen un tratamiento diferenciado del que establece la ley general. Esa gente no respeta la Constitución, concretamente su artículo 9.2, que reza lo siguiente:

Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Obvio. No hay mayor falacia que el clásico mantra "la ley debe tener un único contenido que se aplique a todos por igual sin hacer distingos, porque si no no hay igualdad". Muy al contrario, la ley debe buscar la IGUALDAD REAL entre los ciudadanos, lo cual obliga a valorar aquellas rémoras, piedras en el camino y amenazas difícilmente salvables que sufran determinados colectivos, a fin de establecer las medidas que les coloquen en una situación práctica de igualdad de oportunidades o igual protección real que al ciudadano medio. Pongamos varios ejemplos:

-Se establece un programa de apoyo escolar para los alumnos que sufren fracaso en los estudios y cuyas familias tienen rentas bajas o están en situación de exclusión. El típico hipócrita de la derecha dice "esto es discriminatorio porque sólo una parte de los estudiantes recibirán esas ayudas". La respuesta a darle es evidente: esos alumnos SUFREN DISCRIMINACIÓN, pues sus oportunidades reales son infinitamente inferiores a las del resto de estudiantes cuya situación familiar y social les permite DE VERDAD estudiar. La única forma de darles oportunidades es establecer políticas que corrijan esa desigualdad y les proporcionen las herramientas necesarias para competir con una mínima igualdad de oportunidades. Se llama DISCRIMINACIÓN INVERSA, porque son políticas que pretenden corregir una situación de discriminación real, y el único modo de hacerlo es reconocer y ofrecer al colectivo discriminado las herramientas imprescindibles para salir del hoyo donde está metido.

-Un determinado colectivo se encuentra en una situación singularmente peligrosa para su vida e integridad física. Llamémosles concejales del PP en Euskadi hace 20 años o mujeres maltratadas hoy. Hay un comando (o un cafre) cuyo objetivo es liquidarle, y en uno de los casos para colmo comparte techo con el delincuente. El Código Penal o el Ministerio del Interior establecen medidas cautelares ideadas para evitar un desenlace fatal. El típico vocero de la derecha ve genial que el concejal del PP tenga escolta, pero respecto de las otras víctimas dice que es discriminatorio que se les otorguen las medidas cautelares de especial protección, obviando evidencias como que la interposición de la denuncia contra el agresor dispara la ira de éste, y con ello las posibilidades de que destroce viva a la víctima que vive con él. Obviamente, la singular peligrosidad de la situación y la extraordinaria vulnerabilidad de la víctima justifican esas medidas cautelares.

-La ley establece que al menos un 30% de los ejecutivos de las grandes empresas deben ser mujeres. La derecha pone el grito en el cielo diciendo que ello discrimina a los hombres. Sabiendo que siguen existiendo infinidad de empresaurios que irracionalmente mantienen el mantra de "las mujeres no saben mandar ni gestionar", y sabiendo que resultaría absolutamente impensable que, aplicando criterios objetivos, las candidatas de excelencia en un proceso de selección no alcancen al menos el 30% del total de candidatos, es obvio que el establecimiento de este porcentaje busca, en coherencia con el artículo 9.2 de la Constitución, remover el obstáculo que constituyen los prejuicios respecto de la capacidad de las mujeres. Dentro de 50 años estoy seguro de que la medida ya no será necesaria (siempre que PPVOX no haya tomado las riendas del gobierno) porque la sociedad habrá avanzado lo suficiente. Hoy por desgracia lo es.

Así que amigos míos, la discriminación inversa es justa, necesaria...y un imperativo constitucional.

suscripciones por RSS
ayuda
+mediatize
estadísticas
mediatize
mediatize